Si ha adquirido un tractor, maquina agraria o grúa a través de una herencia, compra o transferencia y no la ha podido registrar, en este articulo le hablaremos acerca del formulario 381. Dicho formulario, es empleado para llevar a cabo el correcto registro de una maquinaria, embarcación o aeronave, así como tractores, grúas, máquinas cosechadoras.
Además le dejaremos el enlace para que pueda descargar el formulario 381, en esta oportunidad le daremos detalles de este formulario, que es de carácter obligatorio, esperamos que sea de su entera utilidad.
CONTENIDOS
¿Qué Es El Formulario 381?
Este es un documento que es empleado para el registro adecuado de las embarcaciones, aeronaves y maquinarias, este requisito es solicitado para que esta clase de vehículos o maquinas puedan transitar a lo largo de la República de Argentina así como fuera del territorio nacional.
En caso de que la persona haya obtenido la máquina, bien sea de utilidad agrícola, para cosechar, tractor, maquina de uso vial, grúa o una embarcación que tenga un valor mayor a los 25000 pesos argentinos.
Además, si es una aeronave sin ser importante su valor o precio, tiene que llevar a cabo la notificación al fisco de que ha obtenido esta clase de semovientes.
En el caso de que ha obtenido una vivienda o condominio, el valor que le solicitaran sera mayor a los 30000 pesos argentinos por cada vivienda obtenida.
Para que logre definir el valor o importe de dicha propiedad, debe tomar en cuenta los impuestos arancelarios, gastos y las respectivas tasas, comisiones y los derechos de la compra venta, o importación definitiva y directa.
Toda la información de interés de estas maquinarias es suministrada mediante el formulario 381.
¿Para Que Sirve El Formulario 381?
Se solicita este formulario, con el objetivo de lograr el establecimiento del proceso y las debidas consideraciones que deben ser tomadas en cuenta por toda persona jurídica, persona natural y sucesiones sin división.
De manera, de lograr el cumplimiento de notificar sobre los bienes inmuebles que deban estar registrados, sin interesar cual es el propietario de dicho dominio.
Para llevar a cabo el registro deberá seguir el siguiente procedimiento:
- El deber de proporcionar información correspondiente a lo expresado por el que adquiere los bienes que deben ser registrados, deberá hacer cumplimiento llevando a cabo la consignación del formulario 381.
- Este formulario se debe consignar en las oficinas de la AFIP – DGI, en la que el ciudadano contribuyente se encuentre inscrito, o en caso de que fuese una persona natural pero no tenga la inscripción. Solo en estas circunstancias, debe consignarse en la oficina correspondiente de acuerdo a la dirección de vivienda.
- El formulario 381, debe indicar el modelo nuevo, el mismo debe ser consignado en un lapso de tiempo de 10 días siguientes, al instante donde se haya realizado la debida inscripción en el registro en cuestión.
- El segundo modelo del formulario 381, debe ser consignado en la Jefatura o en la dependencia funcional que corresponde de acuerdo a lo que se señala a continuación:
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- Dirección de grandes contribuyentes a nivel nacional: área control de la deuda o área de control de deberes fiscales.
- En las oficinas o sucursales del interior: en el área de Recaudación.
- En caso de ser oficinas metropolitanas: en el área de servicios al contribuyente.
- En las zonas distritales, en las sucursales de verificación y recaudación.
- En las oficinas, en el área de servicios de atención al contribuyente.
La certificación que se originen del segundo modelo del formulario 381, que ya este debidamente revisado, el mismo debe ser mostrado ante las autoridades competentes debidas.
Esto debe ser realizado para el registro correcto de los bienes respectivos, y se debe adjuntar con esto una fotocopia de dicho registro. Para continuar con la transferencia del dominio.
Asimismo, de los derechos con sus debidos pagos, cambios que pueden ser parciales o en su totalidad sobre los bienes inmuebles correspondiente al tramite.
Esta certificación puede ser expedido a través de la AFIP – GDI en un lapso de tiempo de 2 días hábiles, luego del momento en que se consignó dicho formulario, quedando bajo el debe de notificar sobre la obtención de los derechos correspondiente al condominio, bien o al dominio de las aeronaves sin tener relevancia su verdadero valor o importe.
Las maquinas sea para cosechar, uso agrícola, tractor, grúa, de uso vial, embarcación, deben ser incluidas en este registro, siempre que su importe o valor corresponda a dicha obtención o compra sea mayor al valor de 25000 pesos argentinos.
De acuerdo a los efectos que tenga lo que se define con el importe de la adquisición de la maquinaria, para la consideración de sus tasas, comisiones, gastos, impuestos arancelarios y sus derechos.
Es importante resaltar, que esto sera el resultado de su adquisición o de la importación definitiva y directa de la maquinaria.
En la ultima situación, de que se hable de bienes que se hayan obtenido en un condominio, el formulario representa un tipo de declaración jurada.
El mismo puede actuar de forma única, solo cuando la porción correspondiente a dicho condominio con respecto a los valores de su adquisición este por encima de los 30000 pesos argentinos.
¿Quién Debe Hacer El Formulario 381?
El formulario 381 debe completarlo todo ciudadano que haya llevado a cabo la adquisición de una maquina, aeronave o embarcación, como se mencionó anteriormente, solo se exceptúan al estado a nivel nacional, provincial o municipal.
Cualquier grupo diplomático que este de forma permanente acreditado a través del Estado del país, con sus debidos delegados consulares, diplomáticos así como el resto de los agentes y oficiales pertenecientes a otras naciones.
Finalmente, aquellos organismos religiosos que estén contemplados dentro del apartado del articulo N.º 20, establecido en la Ley del impuesto con sus respectivas ganancias.
Es importante mencionar que, todas las disposiciones establecidas en el formulario 381 fueron contempladas en el Decreto del 2010, sin embargo, se plantea un periodo transitorio para su vigencia, en cuanto a los procesos de solicitud de registros de vehículos o motocicletas.
De acuerdo al costo o valor de dicha transferencia o importe usado por la DNRNPA, para el calculo de los impuestos arancelarios, periodo de vigencia de la fecha del proceso de solicitud del CETA, la cual queda desde el día que se inicie el proceso.
Las transferencias o traspasos, reformas o modificaciones, derechos parciales o totales acerca de los automotores, están contempladas en los Decretos 3580, 4332 y 3646 y en el Memorándum 1294 / 1993, titulado como “Certificados de bienes que deben registrarse”, establecidos de acuerdo con éstas.
También, es importante recordar que se debe dar cumplimiento con el régimen de información del formulario, en el instante que se realice cualquier cambio, transferencia o el pago, bien sea parcial o total, de los derechos sobre las maquinarias bien sean: embarcaciones, aeronaves o maquinarias en general, cuando su valor total durante la compra sea mayor de los 100000 pesos argentinos.
Los ciudadanos que deberán realizar el tramite sobre el Formulario 381, se citan a continuación:
- Las personas naturales.
- Las personas jurídicas, constituidas de acuerdo a lo establecido en el Código Civil argentino, y cualquier organismo que el derecho privado les obligue registrar cualquier maquinaria adquirida.
- Sociedades, asociaciones, compañías anónimas, entre otras, que no tengan las atribuciones contempladas en el apartado previamente descrito, y las características dispuestas a un objeto especifico, cuando deban ser considerados por la legislación tributaria como entes mercantiles para el deber del hecho imponible.
- Sucesión unitaria.
- Apoderados que reciban y disponen de las especificaciones propias y del interesado.
- Padres, representantes legales o apoderados de un tercero que no este capacitado por la ley.
- Procuradores, acreedores, agentes, apoderados, administradores de una sucesión, herederos, deben acatar la resolución.
- Administradores o apoderados de herencias, compañías o bienes que en el cumplimiento de sus plenas funciones establezcan totalmente la sustancia imponible que contempla las leyes tributarias de acuerdo a los titulares de éstos y seleccionar el gravamen y en las mismas condiciones.
- Personas de cargo de elección popular con deber de recibir cualquier tipo de peculio, agentes legales de ciudadanos que viven en el extranjero.
El costo para tener en consideración al consignar el formulario 381, debe ser el valor de la transferencia de la compra, incluyendo los gastos administrativos, impuestos, aranceles, tasas que provengan de dicha transacción.
Como Se Completa El Formulario 381
Este formulario consta de 6 fases, las cuales le mostramos a continuación:
- Clase de maquinaria, puede ser del tipo agrícola, autopropulsada, para cosechar, grúas entre otras.
- Si se hizo la adquisición de una embarcación o aeronave.
- Si se realizó la compra dentro del territorio nacional o es importado.
- Conocer el importe de dicha compra o si se hizo bajo un traspaso.
- Que clase de uso tendrá.
- Finalmente, debe recordar los duplicados.
Ejemplar Del Formulario 381
En esta sección le dejamos el enlace de la pagina web, para que usted logre descargar el ejemplar del formulario. Para ello debe darle clic aquí.
Esperamos que sea de utilidad toda la información sobre el Formulario 381 que le presentamos. Éxito en el tramite.